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Programa COMENIUS. Introducción.

 

El Programa Comenius

El Programa Comenius tiene por objeto reforzar la dimensión europea en el campo de la educación infantil, primaria y secundaria, promoviendo la movilidad y la cooperación entre centros educativos.

Subvenciona las siguientes acciones descentralizadas gestionadas por la Agencia Nacional:

  • Asociaciones escolares entre centros educativos con el fin de desarrollar proyectos educativos conjuntos para alumnado y profesorado
  • Cursos de formación para profesorado y otro tipo de personal docente para contribuir a la mejora de la calidad de la educación infantil, primaria, y secundaria,
  • Ayudantías para futuros profesores y profesoras de cualquier materia para comprender mejor la dimensión europea en el proceso de enseñanza
  • Visitas preparatorias para actividades de movilidad con vistas a desarrollar una asociación escolar
  • Asociaciones Comenius-Regio entre centros educativos para fomentar la cooperación interregional, incluida la cooperación de regiones fronterizas (disponible a partir de 2009)

También subvenciona las siguientes acciones centralizadas, gestionadas por la Agencia Ejecutiva para la Educación, los Medios audiovisuales y la Cultura

  • Proyectos multilaterales para elaborar, promover y difundir las mejores prácticas en materia de educación, nuevos métodos y materiales didácticos, así como desarrollar, promover y difundir cursos de formación para el profesorado.
  • Redes multilaterales dirigidas a elaborar ofertas educativas en la disciplina o ámbito temático correspondiente, por propio interés o por el de la educación en un sentido más amplio.
  • Medidas de acompañamiento, para financiar actividades diversas no elegibles en las diferentes acciones, pero claramente encaminadas a conseguir los objetivos de Comenius y del Programa de aprendizaje permanente.

Toda la información

Las fotografías que se vayan aportando pueden consultar  pulsando aquí.


Para consultar toda la información sobre las actividades realizadas, vídeos y fotos haz clic aquí

 

Reseña en el periódico Hoy de Badajoz (28/2/2009)

 

RESEÑA DE LA SALIDA A BÉLGICA

Alumnos de 2º de Bachillerato y de Grado Superior de Administración y Gestión del IES El Pomar han visitado Bélgica desde el 8 al 11 de este mes con motivo de su participación en el Programa Europeo Comenius titulado “Students’ First Steps into their Professional Environments”. Dentro del marco de dicho proyecto han podido visitar los principales monumentos de Bruselas como el Atomium, la Grand Place y la sede del Parlamento Europeo. También se han desarrollado otras visitas culturales al Castillo de Bouillon, hogar de Godofredo de Bouillon, que tomó parte en la 1ª Cruzada; y a la Basílica de Saint Hubert, obra cumbre del Barroco belga.

 

Teniendo como lengua común el inglés, nuestros alumnos han realizado presentaciones, y compartido experiencias y actividades tanto educativas como deportivas con alumnos del centro INDSE de Bastogne, ciudad conocida mundialmente por la carrera ciclista Lieja-Bastogne-Lieja y por haber sufrido una de las batallas más cruentas de la 2ª Guerra Mundial, la Batalla de las Ardenas. Del mismo modo también han participado de estas actividades los alumnos del Berufskollege des Kreisses de Olpe, Westfalia (Alemania).

 

 

 

 

 

 

 

 

Formación Profesional Básica

Formación Profesional

 

 

 

 

¿Qué es?


Es un ciclo formativo de una duración de dos años académicos destinados a alumnos que no han finalizado la ESO y quieren proseguir sus estudios a un campo de la Formación Profesional. Estos estudios sustituyen a los actuales Programas de Cualificación Profesional Inicial.


¿A quién va dirigida?


Para acceder a la FPB debes tener un mínimo de 15 años cumplidos o cumplirlos en el año en curso y no superar los 17 años.
Debes haber cursado 3º de ESO o excepcionalmente 2º de ESO.
Se accede por recomendación del equipo docente, con el consentimiento de los tutores legales del alumno.

¿Qué salidas tiene?


La superación de un Ciclo de Formación Profesional Básica permite la obtención del título de Técnico Profesional Básico de la familia correspondiente, como también una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
El título de Técnico Profesional Básico permite el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio, como también, la obtención del Graduado en ESO si se realiza la prueba final de evaluación de la ESO.

¿Qué ciclo se imparte en nuestro Centro?


En nuestro centro se imparte el Ciclo de Mantenimiento de vehículos.

¿Cuál es la distribución de los módulos formativos?


La duración de este ciclo es de 2.000 horas distribuidas en dos cursos académicos.

 

Para más información puedes consultar


http://www.educarex.es/fp/formacion-profesional-basica.html

► INSTRUCCIÓN 5/2015, DE 30 DE ABRIL.

► Oferta para el curso 2015/2016 por familias profesionales en Extremadura.

► Oferta para el curso 2015/2016 por Localidad:  

 

► Evaluación de formación profesional básica para el curso 2015/2016:

 

– Instrucción 11/2015 que se regula la Evaluación y promoción

 + INFORMACIÓN SOBRE FP BÁSICA

– Esquema del proceso de evaluación de formación profesional básica:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Bachillerato

Currículum de Bachillerato

Ver curriculum LOMCE: http://www.mecd.gob.es/dms/mecd/educacion-mecd/mc/lomce/lomce/paso-a-paso/LOMCEd_pasoapaso_bachillerato-v4/LOMCEd_pasoapaso_bachillerato%20v4.pdf

 

  • Instrucción 14/2009 de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa por la que se concretan determinados aspectos sobre la permanencia del alumnado en primer curso de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Circular de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa por la que se precisan ciertos aspectos de la permanencia del alumnado en primer curso de Bachillerato.
  • Orden de 15 de abril de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en el Bachillerato.
  • Circular de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa relativa al procedimiento por el que se manifiesta la voluntad de recibir, o no recibir, enseñanzas de religión en el Bachillerato.
  • Instrucción 1/2009 de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa relativa a la inutilización de los libros de calificaciones del Bachillerato.
  • Orden de 1 de agosto de 2008 por la que se regulan determinados aspectos relativos a la ordenación e implantación de las enseñanzas de Bachillerato establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Orden de 27 de septiembre de 2000, por la que se establecen las medidas encaminadas a regular la simultaneidad de los estudios del tercer ciclo del Grado Medio de Música y Danza y el Bachillerato.
  • Decreto 86/2002, de 25 de junio, por el que se establece el currículo del Bachillerato en Extremadura.
  • Orden de 1 de julio de 2002, por la que se establece y regula el horario semanal de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Orden de 19 de diciembre de 2002, por la que se regulan determinados aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas definidas en el Decreto 86/2002, de 25 de junio, por el que se establece el currículo del Bachillerato en Extremadura.
  • Orden de 21 de enero de 2003, por la que se regulan específicamente las enseñanzas de Bachillerato en régimen nocturno en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Corrección de errores de la Orden de 21 de enero de 2003, por la que se regulan específicamente las enseñanzas de Bachillerato en régimen nocturno en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué es el Bachillerato?

El Bachillerato es la última etapa de la Educación Secundaria, tiene carácter voluntario y su duración es de dos cursos, normalmente entre los 16 y los 18 años.

Tiene modalidades diferentes que permiten una preparación especializada de los alumnos (con elección de distintos itinerarios dentro de cada modalidad) para su incorporación a estudios superiores o a la vida activa. Sus finalidades son:

  • Formación general, que favorezca una mayor madurez intelectual y personal, así como una mayor capacidad para adquirir una amplia gama de saberes y habilidades.
  • Preparatoria, que asegure las bases para estudios posteriores, tanto universitarios como de formación profesional.
  • Orientadora, que permita a los alumnos ir encauzando sus preferencias e intereses.

Título de Bachiller:

  • Para obtener el Título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las asignaturas de la modalidad cursada.
  • El título de Bachiller facultará para acceder a la formación profesional de grado superior y a los estudios universitarios. En este último caso será necesaria la superación de una Prueba de Acceso (selectividad), que, junto a las calificaciones obtenidas en el Bachillerato, valorará, con carácter objetivo, la madurez académica de los alumnos y los conocimientos adquiridos en él. Asimismo facultará para acceder a grados y estudios superiores de enseñanzas artísticas, previa superación de la correspondiente prueba.
  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 41º.2 de la LOGSE, los alumnos que hayan terminado el tercer ciclo del grado medio de las Enseñanzas de Música o Danza, obtendrán el título de Bachiller, si superan las materias comunes del Bachillerato.

ESO

 LA ESO EN EL MARCO DE LA LOMCE >> http://www.mecd.gob.es/dms/mecd/educacion-mecd/mc/lomce/lomce/paso-a-paso/LOMCEd_pasoapaso_secundaria-v4/LOMCEd_pasoapaso_secundaria%20v4.pdf

 Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es una etapa educativa obligatoria y gratuita que completa la educación básica. Consta de cuatro cursos académicos que se realizarán ordinariamente entre los 12 y los 16 años de edad.

Se organiza de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Presta especial atención a la orientación educativa y profesional.

Tiene como finalidad:

Lograr que todos adquieran los elementos básicos de la cultura: humanísticos, artísticos, científicos y tecnológicos.

  • Desarrollar y consolidar hábitos de estudio y de trabajo.
  • Preparar para la incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral.
  • Formar a todos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.

Se podrá repetir un máximo de dos cursos y permanecer, en régimen ordinario, hasta los dieciocho años de edad cumplidos en el año en que finalice el curso.

Un alumno y sus padres pueden decidir, desde el momento en que aquél cumple 16 años de edad, dar por finalizada su escolarización obligatoria en esta etapa, en cuyo caso se le extenderá el correspondiente Certificado de Escolaridad en el que consten los años y materias cursados.

Currículo

El Gobierno establece las enseñanzas mínimas de la ESO con el fin de garantizar una formación común a todo el alumnado dentro del sistema educativo español, así como la validez de los títulos correspondientes para facilitar la continuidad, progresión y coherencia del aprendizaje, en caso de movilidad geográfica de dicho alumnado.

Las enseñanzas mínimas requerirán el 55% de los horarios escolares en las Comunidades Autónomas que tengan, junto con la castellana, otra lengua propia cooficial y del 65% en el caso de aquellas que no la tengan.

Las Administraciones educativas competentes en cada Comunidad Autónoma establecen el currículo (el conjunto de objetivos, competencias básicas, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de una enseñanza) de la Educación Secundaria Obligatoria para su ámbito de gestión, del que forman parte las enseñanzas mínimas.
 

Referencia legislativa

La Educación Secundaria Obligatoria en la LOE , (Ley Orgánica 3 Mayo de 2006, de Ordenación de la Educación)
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre , por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre , por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.
Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero , por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.
Orden ECI/1845/2007, de 19 de junio , por la que se establecen los elementos de los documentos básicos de evaluación de la educación básica regulada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado.
Orden EDU/2395/2009, de 9 de septiembre , por la que se regula la promoción de un curso incompleto del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, a otro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Real Decreto 1190/2012, de 3 de agosto , por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre , para la mejora de la calidad educativa

 

ENSEÑANZAS ESO EN EL IES «EL POMAR»

En nuestro Centro, en el turno de diurno, puedes estudiar Educación Secundaria Obligatoria, para alumnos con edades comprendidas entre 12 y 16 años. A ella se accede después de haber cursado 6º de Educación Primaria. Esta etapa se compone de cuatro cursos distribuidos en dos ciclos (1º-2º para el primer ciclo y 3º-4º para el segundo ciclo). Al superar estos estudios se obtiene el Título de Graduado en E. S. O.

ÁREAS Y MATERIAS Nº DE HORAS
1º ESO 2º ESO 3º ESO 4º ESO
LENGUA CASTELLA Y LITERATURA 5 4 4 4
LENGUA EXTRANJERA (INGLÉS) 3 3 3 4
MATEMÁTICAS 5 4 4 4
CIENCIAS SOCIALES, GEOGRAFÍA E HISTORIA 3 3 3 3
ÉTICA       2
ED. PARA LA CIUDADANÍA     1  
EDUCACIÓN FÍSICA 2 2 2 2
CIENCIAS DE LA NATURALEZA 3 4    
FÍSICA Y QUÍMICA     2 3*
BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
    2 3*
EDUCACIÓN PLÁSTICA Y VISUAL 2   3 3*
TECNOLOGÍA   3 2 3*
MÚSICA 2 3   3*
INFORMÁTICA       3*
FRANCÉS 2º IDIOMA       3*
LATÍN       3*
OPTATIVA (1)
2 2 2  
RELIGIÓN/OTRAS MEDIDAS A. ED. 2 1 1 1
TUTORÍA 1 1 1 1
TOTAL HORAS SEMANALES 30 30 30 30


(1) Todos los alumnos de 1º y 2º cursarán como asignatura optativa FRANCÉS 2º IDIOMA.
Excepcionalmente, los alumnos de primer y segundo cursos que presenten carencias claras e importantes en las destrezas básicas de las materias instrumentales podrán cursar como optativa una materia alternativa a la Segunda Lengua Extranjera:“La Lengua como herramienta de aprendizaje” o “Destrezas básicas de Matemáticas”.

En 3º ESO las optativas son: FRANCÉS 2º IDIOMA, CULTURA CLÁSICA, EMPRESA JOVEN EUROPEA Y ARTESANÍA EXTREMEÑA.